El viernes 10 de octubre será día de descanso en el país

Quito (19-09-2014) El día de descanso obligatorio correspondiente al 9 de octubre, fecha que se conmemora la independencia de Guayaquil, se trasladará al viernes 10 de octubre para todos los trabajadores y servidores públicos.

Así lo determina el  Decreto Ejecutivo No. 1162 de 3 de mayo del 2012, mediante el cual el Gobierno Nacional, reguló los días de descanso en el Ecuador, hasta el año 2015, a fin de estimular el turismo interno.

Es importante destacar que el artículo 5 del mencionado Decreto señala que: “las celebraciones, sesiones y ceremonias cívicas, educativas, religiosas o militares que correspondan a los días 24 de mayo, 10 de agosto y 9 de octubre de cada año, deberán obligatoriamente realizarse en la misma fecha y día de aniversario, puesto que lo que se traslada al día viernes es únicamente la jornada de descanso remunerado obligatorio”.

Asimismo, el artículo 6 determina que en ese día de descanso se debe garantizar la provisión de servicios públicos básicos de salud, bomberos, aeropuertos, terminales aéreos, terrestres, marítimos, fluviales y servicios bancarios.

A propósito de este feriado nacional, el Ministerio de TurisCaptura de pantalla 2014-09-19 a la(s) 11.02.33mo invita a los ecuatorianos a disfrutar de los más hermosos destinos turísticos del país como la Avenida de los Volcanes; playas, cascadas, aguas termales, parques y reservas naturales, museos, el renovado Tren de Alfaro en sus diferentes rutas que recorre los 450 kilómetros entre Quito y Durán, entre otros.

Feriado de noviembre

De acuerdo con el Calendario de Feriados 2014 el siguiente feriado en el país será el que corresponde al 2 y 3 noviembre (Día de Difuntos e independencia de Cuenca); de esta manera, el sábado 1, domingo 2 y lunes 3 de noviembre, los ecuatorianos podrán visitar los múltiples destinos turísticos, para lo cual cuentan con una excelente red vial.

Feriado de diciembre

El último feriado del 2014 será el 25 de diciembre (Navidad) que en este año cae en día jueves; no obstante el Decreto 1162 declara puente vacacional al viernes 26 de diciembre, por lo que el descanso en el país será del jueves 25 al domingo 28 de diciembre.

Los feriados de octubre, noviembre y el 25 de diciembre, no serán recuperados por cuanto forman parte del Calendario de Festivos Nacionales que rige en el país para cada año; sin embargo, la jornada de trabajo que corresponde al viernes 26 de diciembre, por ser puente vacacional, debe ser recuperada el sábado 20 de diciembre del 2014, de acuerdo con lo que dispone el artículo 2 del mencionado instrumento legal, en el que constan los puentes vacacionales.

Cabe destacar que el Decreto 1162 aclara en su artículo 4 que el sector privado podrá acogerse a estos descansos según lo determine.

En el Ecuador, el turismo se ha convertido en una actividad económica prioritaria, cuyo desarrollo genera empleo y una mayor distribución de la riqueza, por lo que la regulación de los días de descanso en el país, ayudan a los viajeros a definir sus desplazamientos durante el año; y, a los empresarios turísticos, a ofertar atractivos paquetes turísticos y servicios de calidad.

MYV


 

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