EL COE NACIONAL APRUEBA RESTRICCIONES PARA LA CIRCULACIÓN VEHICULAR DURANTE EL PRÓXIMO FERIADO

Lunes 29 de marzo de 2021

(Quito, Pichincha). – El Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE) aprobó, la noche del domingo 28 de marzo, una Resolución con las medidas que regirán en todo el país durante el feriado de Semana Santa, que se desarrollará del viernes 2 al domingo 4 de abril del presente año.

Con base en la situación epidemiológica del COVID-19 que se está presentando en Ecuador, el COE Nacional resolvió restringir la movilidad de vehículos livianos particulares en los EJES VIALES NACIONALES, según el siguiente detalle:

 

PLACAS IMPARES

  • A partir del mediodía del jueves 1 de abril NO CIRCULAN los vehículos cuyo último dígito de la placa sea IMPAR.
  • El sábado 3 de abril NO CIRCULAN todo el día los vehículos cuyo último dígito de la placa sea IMPAR.

 

PLACAS PARES

  • El viernes 2 y el domingo 4 de abril NO CIRCULAN todo el día los vehículos cuyo último dígito de la placa sea PAR (incluye el número 0).

 

El transporte intra e interprovincial se sujetará a la restricción por último dígito de placa, con el 50% de las frecuencias y el 75% de aforo. Para esta modalidad queda prohibida la emisión y el uso de salvoconductos, hasta que la Agencia Nacional de Tránsito lo disponga.

 

EXCEPCIONES EN RESTRICCIÓN VEHICULAR DE VEHÍCULOS LIVIANOS

Se mantendrá la libre movilidad de todas las modalidades de transporte que, por sus características, realicen actividades en la cadena logística del país. Es decir: carga pesada, liviana, mixta y buses con encomiendas.

Asimismo, la restricción de circulación vehicular no se aplicará para personas que requieran movilizarse y pertenezcan a sectores productivos. En estos casos los documentos habilitantes serán sus credenciales, guías de remisión, RUC y RISE. Y en los casos que se requiera movilización hacia o desde aeropuertos, los documentos habilitantes serán los pasajes aéreos.

 

OTRAS MEDIDAS

En la Resolución emitida hoy se solicitó a los COE cantonales –en cuyos territorios existan playas– que estas permanezcan cerradas del 2 al 4 de abril. Al mediodía de este 29 de marzo se conoció que los municipios aceptaron la recomendación y las playas del país estarán cerradas en este feriado.

Los eventos masivos se mantienen suspendidos y en otro aspecto, se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 18:00 del viernes 2 y sábado 3 de abril en los establecimientos regulados por los ministerios de Gobierno y de Turismo. De igual forma esta prohibición se aplicará en el feriado del Día del Trabajo (viernes 30 de abril y sábado 1 de mayo). También se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas TODOS LOS DOMINGOS.

 

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